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¿ es ilegal ?

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¿ es ilegal ?

Notapor FCGSM » Vie Mar 23, 2007 12:36 am

Hola Muchachos !!!!

Hay una locomotora que encontre en tren-sim.com la cual el autor que la publica indica "Dominio publico" y el mismo indica su nombre pero nunca su correo o manera de contactarlo.-

Ha Dicha locomotora la repinte , ¿serial ilegal publicarla en TrenSim , siempre y cuando mencione el credito del Autor ?

Gracias por su tiempo.-
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Notapor Oriol » Vie Mar 23, 2007 12:43 am

Hola,

Aún que en el Readme no especifique el correo, lo mejor sería que intnetaras buscar la forma de contactar con el autor (en algún foro, por ejemplo).

Para evitar problemas no publiques nada antes de tener su autorización.

Que tengas suerte.

Saludos,
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Notapor Antuan » Vie Mar 23, 2007 1:01 am

Hola.

Si pusieras aquí su nombre, tal vez alguien podría tener pistas para contactarlo. Pero si nos andamos con misterios va a ser difícil. :)

Por otra parte, nunca empieces a hacer un repintado sin haber contactado con el autor original. No hay nada más frustrante que pegarse el curro (el laburo para vosotros) y después, no obtener autorización por no poder contactar.

Saludos.
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Notapor javierav » Vie Mar 23, 2007 1:07 am

Hola.

¿Puedes mostrarnos la licencia o el readme del modelo? Dependiendo del significado de "dominio público", puede no ser necesario el permiso del autor, aunque en ese caso yo lo pediría por cortesía.

Saludos.
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Notapor Sierra » Vie Mar 23, 2007 10:30 am

Hola
La definicion de dominio publico la podemis encontrar el wikipedia:

Por dominio público se entiende la situación en que quedan las obras literarias, artísticas o científicas al expirar el plazo de protección de los derechos patrimoniales de autor y que implica que pueden ser utilizadas en forma libre, respetando los derechos morales (básicamente la paternidad). Esto sucede habitualmente trascurrido un término contado desde la muerte del autor (post mortem auctoris).

Las obras protegidas por el derecho de autor pasan al dominio público pasados 50 años desde la muerte de su autor, en concordancia con el Convenio de Berna, aunque dicho convenio reconoce el derecho a los países signatarios a ampliar el plazo de la protección, por ello en muchos ordenamientos el plazo es de 70, 80 o 100 años desde la muerte del autor. En algunos países, el autor puede voluntariamente ceder al dominio público una obra, es decir, renunciar a los derechos patrimoniales sobre su obra, manteniendo la paternidad sobre la misma.

Dominio público en estos casos se suele abreviar como PD (del inglés, public domain).

A veces parece que por dominio público se entiende aquello que carece de dueño. Esta acepción no es acertada: lo que no tiene dueño se denomina Res nullius, que puede ser apropiado por cualquiera, pero nunca dominio público.

No obstante, el sentido que se le da a dominio público en la Licencia de Documentación Libre GNU es el de algo que cualquiera puede utilizar, sin que pueda convertirse en dueño del mismo, ya que la propiedad corresponde a la Humanidad de forma incorporada.


En este sentido no tendras que pedir autorización al autor porque él ya ha cedido los derechos de su obra. Pero ten en cuenta que la modificación de su obra ( tu trabajo) puede ser tambien dominio publico.

Saludos
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Notapor Oriol » Vie Mar 23, 2007 1:49 pm

Antuan escribió:Por otra parte, nunca empieces a hacer un repintado sin haber contactado con el autor original. No hay nada más frustrante que pegarse el curro (el laburo para vosotros) y después, no obtener autorización por no poder contactar.


Hola Antuan,

En parte tienes razón, pero tu puedes empezar un repintado sin permiso. El autor, a posteriori puede atuorizar su publicacion o no, pero si empiezas un repintado y no se admite su publicación, siempre puedes usarlo para beneficio propio, obviamente, sin distribuirlo.

Saludos,
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Notapor Antuan » Vie Mar 23, 2007 7:04 pm

Hola.

Oriol escribió:Hola Antuan,
En parte tienes razón, pero tu puedes empezar un repintado sin permiso. El autor, a posteriori puede atuorizar su publicacion o no, pero si empiezas un repintado y no se admite su publicación, siempre puedes usarlo para beneficio propio, obviamente, sin distribuirlo.


Claro, éso ya lo sé yo y todos los que llevamos tiempo en ésto. Me refería concretamente al caso que nos ocupa, es decir, un repintado creado para su posterior publicación. Creía que a éstas alturas no hacía falta aclararlo.

Saludos.
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Notapor Oriol » Vie Mar 23, 2007 7:11 pm

Hola,

Nunca está demás aclararlo. Si se empieza un repintado para su posterior publicación, pues si que es frustante que te lo tumben.

Saludos,
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Notapor FCGSM » Sab Mar 24, 2007 4:58 pm

Muchachos, tampoco incluye un readme, la informaciòn de la pagina que acompaña la presentacion de la locomotora es la que indica el nombre del autor y el autor mismo indica "public domain".-
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Notapor javierav » Sab Mar 24, 2007 8:57 pm

Hola.

¿Puedes indicarnos el nombre del archivo para bajarlo de Train-Sim.com? No obstante, si se publica bajo Dominio Público, con buscar en internet tienes el contenido de esa licencia: http://www.google.com/search?q=public+domain&ie=utf-8&oe=utf-8&aq=t&rls=org.mozilla:es-ES:official&client=firefox-a

Saludos.
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Notapor FERNY » Lun Mar 26, 2007 8:21 am

Dominio Publico es eso que cualquiera lo puede utilizar sin mas, no hacen falta autorizaciones ni permisos ni nada.
Eso si seria de buena madera reconocer quien ha sido el autor original.
Puedes publicar el modelo repintado sin problemas.
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Notapor LupoNegro » Lun Mar 26, 2007 11:10 am

Hola a todos!!!

hay dos conceptos que hay que tener claro:

:arrow: software de Dominio publico
:arrow: software libre

si es software libre solo puedes usarlo bajo los designios de la licencia del modelo.

Si se define como dominio publico, quiere decir que el autor es su autor pero no su propietario.


saludos!
Luis Angel
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para cualquier duda, consulta primero en el BUSCADOR del foro de trensim, seguramente la respuesta a tu pregunta ya existe
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Notapor 850-coupe » Lun Mar 26, 2007 11:33 am

Yo por dominio publico entiendo algo que, o bien no es posible establecer una autoria concreta, o que su autor o haya renunciado a sus derechos sobre esa obra porque asi ha querido o por cualquier motivación.

En musica con una canción de dominio publico se puede hacer la version que se quiera sin pedir permiso a nadie.

Hay una pelicula que siempre ponen en navidad y que ahora no me acuerdo de su titulo que es asi, sus propietarios no renovaron los derechos expresamente para que la pelicula tuviese esa difusión.
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Notapor FERNY » Lun Mar 26, 2007 5:21 pm

Juridicamente Dominio Publico=sin dueño=disponible por cualquiera=sin pago y sin reconocer derechos (los que no existen al tener el caracter de Dominio Publico).
P.D. La pelicula es de Frank Capra y se llama "Que bello es vivir"
P.D; 2: Lo mismo sucede con las obras clásicas como "El Quijote", las de Mozart etc (sobre la obra en si no sobre la interpretacion en un disco p. ej.)
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Notapor Oriol » Jue Mar 29, 2007 11:46 pm

Hola,

No nos pongamos a discutir sobre que es cada cosa y los matices que las diferencian. Cómo bién dice uno de los múltiples profes que tengo, si algo (por ejemplo, ún código) ya está hecho, para que repetirlo:

:arrow: http://es.wikipedia.org/wiki/Dominio_publico
:arrow: http://es.wikipedia.org/wiki/Software_libre

Os dejo aquí estos dos códigos que se diferencian entre sí por bastantes matices, no solo los derechos de autor o aplicación y derechos sobre él.

Saludos,
Oriol Munuera i Roqué
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